domingo, 19 de abril de 2009

Las Responsabilidades Legales de los Servidores Públicos

La administración pública es un instrumento esencial en la satisfacción directa de las necesidades colectivas. Por tanto, la responsabilidad pública ha cobrado una gran dimensión, al intentar transparentar los actos de gobierno en diversos niveles. La responsabilidad, es una garantía de los ciudadanos, pero al mismo tiempo es un principio de orden y un instrumento de poder.

Existen diversas maneras de castigar a aquellos servidores públicos que aprovechen sus encargos para beneficiarse ellos mismos. En este caso, observaremos cuáles son las maneras detonantes de establecer castigos para los funcionarios que no cumplan sus comisiones públicas con cabalidad. El juicio político es uno de estos controles, entendiéndose este como la intervención que ejercen las Cámaras del Congreso de la Nación sobre otros órganos del gobierno federal, con el objetivo de hacer efectiva su responsabilidad conforme a las causas expresadas en la Constitución. La instrumentación de esta responsabilidad se concreta con la moción de censura o de desconfianza, en el sentido de que la mayoría de la legislatura obliga a los servidores públicos, en particulares casos, a presentar su dimisión. No se trata de un juicio penal, pues no se persigue castigar sino separar del cargo a un funcionario en situación de gobierno inconveniente para el Estado; el objetivo se agota cuando el funcionario se separa o no está en el cargo.



Otro ejemplo son las faltas administrativas que se refieren a la excusar de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma de atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte. Estas faltas pueden darse en distintos niveles de gobierno, sin embargo, pocos servidores públicos conocen que están cometiendo actos delictuosos hasta que concluyen su periodo de encargo o hasta que institutos de acceso a la información pública o la ciudadanía cada vez más informada, se los hace saber por diversos medios. Por lo general, en las dependencias y entidades en diversos niveles de gobierno se establecen unidades específicas a las que el público tiene fácil acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos.



La responsabilidad penal en el servicio público se configura por los actos u omisiones, dolosos o culposos, que constituyen infracciones consideradas “delitos” por el Código Penal o leyes especiales. Algunas faltas en que pueden verse involucrados los servidores públicos son: Cohecho, tráfico de influencias y soborno, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicos, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito, incumplimiento en la presentación de la declaración patrimonial,

Existe otro tipo de gravamen que lo constituye la responsabilidad civil, que es un tipo de responsabilidad individual referida a cierta clase de personas y a un modo particular de proceder de las mismas con relación a determinadas actividades suyas. En México, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos tiene por objeto reglamentar el Título Cuarto Constitucional en materia de los sujetos de responsabilidad en el servicio público, las obligaciones en el servicio público, las responsabilidades y sanciones administrativas, así como las que se deban resolver mediante juicio político. En este caso, algunas sanciones por falta administrativa son amonestación privada o pública; suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a un año; destitución del puesto; sanción económica; inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. Sólo cuando no se cause daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro alguno, se impondrán de seis meses a un año de inhabilitación.



En Oaxaca, existen muy pocos casos en los que se haya sometido a funcionarios del gobierno estatal o municipal acusándolos por responsabilidades administrativas o con juicio político. Se han documentado casos de corrupción, desvío de fondos, tráfico de influencias y otras faltas en diversas dependencias; sin embargo, debido a los compromisos políticos y las complicidades entre las autoridades, no se ha logrado investigar a fondo y castigar a los funcionarios corruptos. El año pasado entró en vigor la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Oaxaca donde se obliga a las dependencias de la Administración Pública Estatal y a los Municipios oaxaqueños a dar a conocer información sobre presupuesto, programas, remuneraciones a servidores público e información que anteriormente era confidencial. Este precedente jurídico constituye un gran avance en un Estado marginado como Oaxaca. Sin embargo, este proceso tardará varios años para consolidarse, logrando que Oaxaca sea visto a nivel nacional e internacional como un Estado democrático y transparente.

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